Con el propósito de garantizar indemnizaciones justas y oportunas a las personas afectadas por irregularidades en la actuación del gobierno, el diputado Héctor Suárez Basurto presentó una iniciativa de decreto para adicionar el Capítulo VIII "De la Previsión Presupuestal" a la Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de Guerrero y sus Municipios.
Durante la exposición de motivos, el legislador explicó que la actual ley reconoce el derecho de las y los ciudadanos a ser indemnizados por daños derivados de la actividad irregular de las autoridades; sin embargo, señaló que su aplicación ha mostrado vacíos normativos, procesos burocráticos y falta de mecanismos eficaces para atender las reclamaciones.
La propuesta busca fortalecer el marco jurídico estatal conforme al Artículo 109 de la Constitución Federal, que establece la responsabilidad objetiva y directa del Estado por los daños ocasionados, sin necesidad de probar dolo o culpa de los servidores públicos involucrados.
Entre los principales puntos de la reforma, Suárez Basurto destacó la creación de una partida presupuestal específica para cubrir indemnizaciones, así como la posibilidad de que los entes públicos contraten seguros de responsabilidad patrimonial, con el fin de garantizar el pago oportuno a las personas afectadas.
El legislador citó datos de la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU), que indican que el 81.4 % de la población considera los baches como el principal problema urbano en sus ciudades, reflejo del deterioro de la infraestructura y de la necesidad de contar con mecanismos legales de compensación frente a la negligencia gubernamental.
"La ciudadanía no debe seguir pagando las consecuencias del abandono institucional", enfatizó.
Finalmente, Suárez Basurto aseguró que la iniciativa busca fortalecer la transparencia, la rendición de cuentas y la ética pública, garantizando que los recursos destinados a la reparación de daños se apliquen con responsabilidad.
La propuesta fue turnada a la Comisión de Justicia del Congreso del Estado para su análisis y dictaminación.
0 Comentarios