--El árbitro electoral guerrerense incurre en invasión legislativa, advierte el diputado perredista.
Chilpancingo, Guerrero, 25 de septiembre de 2023.- Al emitir el ACUERDO 084/SE/07-09-2023 por el que se aprueban los lineamientos para el registro de candidaturas para el Proceso Electoral Ordinario de Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2023-2024, el Instituto electoral local olvidó su naturaleza y fue más allá de sus funciones e invadió la función legislativa, advierte el diputado perredista Bernardo Ortega Jiménez.
Al intervenir en tribuna en la sesión de este lunes, el legislador recordó que ya está en marcha el proceso electoral mediante el cual se renovarán el Congreso local y los ayuntamientos de Guerrero.
En ese sentido, explicó que el IEPC Guerrero como árbitro local, realiza una serie de actos encaminados a señalar las reglas que habrán de aplicarse en las fases del desarrollo del proceso electoral.
"Estas reglas derivan de las leyes vigentes, las cuales dan las directrices en cómo deben regir las etapas y también cómo deben aplicarse las reglas, que desde instante señalo, no deben modificar o contraponerse a las leyes ordinarias vigentes", añade.
Ortega Jiménez advierte que los lineamientos para el registro de candidaturas "rebasan los límites permitidos, pues tales reglas tienen como límite permitido la facultad reglamentaria que tiene como uno de los principios esenciales, la jerarquía normativa o subordinación jerárquica".
Y considera que el IEPCE "se puso a legislar creando reglas y en otras modificando la ley. ¿Cómo es posible que la Ley Número 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, señale aspectos que el IEPC Guerrero decidió cambiar?", cuestiona.
Ejemplifica con el hecho de que no es posible que dicha ley disponga en su artículo 13 ter: "que los partidos políticos deberán postular fórmulas de candidaturas a diputaciones de mayoría relativa de origen indígena o afromexicana en, por lo menos, la mitad de los distritos, pero el IEPC haya aprobado reglas sobre este tema, disponiendo que los partidos políticos deberán postular candidaturas indígenas en al menos 6 de los 8 distritos electorales considerados como indígenas. Así como estos números, representa más de la mitad de esos distritos".
El legislador consideró necesario que cada órgano público se sujete al ejercicio de sus funciones y no vaya más allá de lo permitido, por lo que exigió a la autoridad electoral "a que sujete su actuar dentro del marco jurídico establecido".
0 Comentarios
¿Qué te pareció esta información? ¿Qué nos falta?