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Manuel Quiñonez presentó, una reforma y adicción a la Ley 51; a fin que, la administración municipal entrante, se encuentre en aptitud de defenderse legalmente y no sea sorprendida por malas prácticas

 Baldemar Gómez Roque  

Chilpancingo, Gro., a 18 de noviembre de 2021.-El diputado local del distrito XIII Manuel Quiñonez Cortes, presentó una reforma y adicción a la Ley 51, Estatuto de los Trabajadores al Servicio del Estado, de los Municipios y de los Organismos Públicos Coordinados y Descentralizados del Estado de Guerrero,  

Que consiste, para que, a ningún ayuntamiento, quince días hábiles antes del cambio de poderes municipales, y quince días después de dicho cambio, sea emplazado a juicio ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje, esto a fin de que, la administración entrante se encuentre en aptitud de defenderse legalmente y no sea sorprendida por malas prácticas. 

Destacando que Manuel Quiñones Cortez, es un hombre de palabras; y como diputado local, ha ayudado a mejorar la vida de los Guerrerense.   Y "en la atención, siempre ha estado presente en los buenos y malos momentos "con los ciudadanos.  Y que está cerca con la gente, apoyando en cada momento, atento a las necesidades de las localidades que conforma su distrito 13, que es San Marcos, Juan R Escudero y Tecoanapa.      

Y como integrantes de la Fracción del Partido Verde Ecologista de México han desarrollado un buen trabajo legislativo con enfoque social y medioambientales en beneficio de todas las personas que habitan en lo largo y ancho del estado de Guerrero, pero teniendo como punto social, ayudar a la gente más vulnerable; así han coincidido los legisladores de la bancada del Verde en la Cámara de Diputados local en Guerrero.      

Cabe recordar que el diputado local Manuel Quiñonez Cortes, en la pasada legislatura 2018-2021; presentó una proposición, el cual fue aprobado por unanimidad en el pleno del H. Congreso del Estado, donde se exhortaba a los presidentes municipales de los 80 ayuntamientos periodo del 2018-2021, que cumplieran con el pago de liquidaciones, indemnizaciones o finiquitos, así como, el pago de aguinaldo proporcional, prima vacacional y demás prestaciones de los trabajadores de la administración municipal.     

Además, cumplieran con los pagos correspondientes por conceptos de retenciones de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del pago de Impuesto Sobre la Nómina, en términos de los establecido por la Ley de Coordinación Fiscal; y que, de manera inmediata, identifiquen y atiendan los adeudos y empréstitos contraídos; así como los laudos laborales y demás procedimientos judiciales que se haya instaurado.   

Todo esto a efectos de que las haciendas municipales que entraron en función el pasado 30 de septiembre, periodo 2021-2024 , puedan contar al inicio de su mandato con finanzas públicas sanas; ya que les recordó que de no hacerlo pueden ser sujetos de responsabilidades políticas o administrativa en términos de lo antes señalado, con base en la Ley número 760 de Responsabilidades Política, Penal y Civil de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero, y la Ley número 465 de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guerrero.     


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