Gallery

header ads

Busca Cabada Arias agregar la figura del Divorcio Notarial como procedimiento para disolver un matrimonio



 

El Congreso de Guerrero analiza una serie de reformas presentadas por el diputado local Marco Antonio Cabada Arias quien busca agregar al Código Civil la figura del divorcio notarial. 

En la sesión de este martes, el morenista presentó tres iniciativas con las que se pretende adicionar un párrafo al artículo 364 del Código Civil; un párrafo al artículo 96 de la Ley de Notariado Público, así como una reforma a la Ley de Divorcio del estado de Guerrero. 

Dentro de sus argumentos, Cabada Arias explicó que actualmente, los estados de Jalisco, Puebla, Morelos y Estado de México, ya cuentan con la figura de Divorcio Notarial, el cual constituye la posibilidad de divorciarse de mutuo acuerdo ante Notario, en lugar de realizar el divorcio ante el Juez. 

Esta medida, constituye un proceso más sencillo, rápido y económico que el tramitado por vía judicial. 

Detalló que este tipo de divorcio, es donde los cónyuges podrán acordar su separación de mutuo acuerdo ante Notaría Pública, para que a través de convenio de divorcio asentado en escritura pública disuelva el vínculo matrimonial, siempre y cuando no tengan hijas o hijos menores de edad o mayores sujetos a tutela y hubieren liquidado la sociedad conyugal, si lo hubiere. 

Explicó que actualmente en el Código Civil existen tres procedimientos distintos para obtener el divorcio: Divorcio Administrativo, Divorcio Voluntario y Divorcio Incausado, por lo que propone adicionar el Divorcio Notarial. 

Asimismo, sugiere que, en la Ley de Notariado Público se agregue un párrafo al artículo 96 para que se establezca que, tratándose de divorcios notariales se entregara una copia certificada o un testimonio a cada una de las partes y un tanto será enviado al oficial de registro civil que corresponda para conocimiento y anotaciones que sean procedentes. 

Finalmente en la Ley de Divorcio del Estado, se propone adicionar el Divorcio Notarial como uno de los procedimientos, asimismo se detalla la definición de dicha figura para entenderse por divorcio notarial o divorcio ante Notario Público, aquel donde los cónyuges que no tengan hijos menores de edad o mayores sujetos a tutela y que previamente hayan liquidado la Sociedad Conyugal podrán acudir ante un notario Público a expresar su voluntad de separarse y disolver el vínculo matrimonial que los une para que mediante convenio de divorcio respectivo asentado en escritura pública disuelvan el matrimonio. 

Además se precisa que para realizar dicho acto jurídico deberán identificarse plenamente y acreditar con copias certificadas. 
Las iniciativas fueron turnadas a la Comisión de Justicia para su trámite legislativo.



xxx Portal editado por JULIO ZENÓN FLORES SALGADO.- Periodista y escritor. Licenciado en ciencias de la comunicación, maestrante en Ciencia Política y diplomado en MKT digital; Columnista en La Jornada Guerrero, Enfoque informativo y en Redes del Sur. www.facebook.com/trasfondoinformativo, Escríbenos a zenon71@hotmail y suscríbete en el canal de youtube trasfondo informativo

Publicar un comentario

0 Comentarios