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Piden en el Congreso someter a la ley a las casas de empeño por usureros

Propone Cabada Arias regular las casas de Empeño

El diputado local Marco Antonio Cabada Arias propuso una Ley que regule las Casas de Empeño en Guerrero.
En la sesión de este martes, el diputado morenista argumentó que este es uno de los giros comerciales que no se encuentran regulados en el estado, lo que provoca que se puedan desencadenar actividades antijurídicas.
Por ello dijo que el objetivo de su iniciativa de crear una Ley que regule a las Casas de Empeño es para salvaguardar los intereses de las personas que acudan a solicitar préstamos a estos establecimientos.
"Se requiere expedir una normatividad para que los establecimientos que se encuentren funcionando en la entidad y los de nuevo comienzo, operen dentro de un marco jurídico que proporcione mecanismos de control, supervisión y de registro", dijo.
Argumentó que actualmente estas actividades sobrepasan a la autoridad competente de supervisar las operaciones, pues el morenista refirió que datos del Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas (DENUE), del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en todo el país existen más de nueve mil Montepíos y Casas de empeño, pero criticó que en Guerrero no se tenga un dato de cuántas casas de empeño hay, o en qué municipios operan.
Mientras que el investigador de la universidad Iberoamericana, Pablo Cotler Ávalos informó que actualmente existen en México más de 10 mil unidades reportadas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), de las cuales 8 mil 197 operan de manera formal, mientras que 2 mil 309 lo hacen de forma irregular.
Cabada Arias recordó que diputados de la Comisión de Desarrollo Económico y Trabajo de la 59 Legislatura de Guerrero, presentaron el dictamen con proyecto de acuerdo parlamentario por el que se declaró improcedente la iniciativa de Ley que regula las Casas de Empeño del Estado de Guerrero, bajo el argumento legal de que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 73 fracción décima, establece que es competencia exclusiva del Congreso de la Unión legislar sobre actos de Comercio, ya que se considera que las casas de empeño se encuentran dentro de este rubro. 
Sin embargo explicó que aun cuando las casas  de empeño por ser giros comerciales les aplica una regulación  federal "no es obstáculo para que los Congresos locales estén  facultados de regular en sus Estados" y aseguró que el artículo 124 constitucional lo faculta para ello.

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