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HOY TOMAN PROTESTA–CAMBIO DE BASTON, 49 NUEVOS COMISARIOS. PERIODO 2017-2018

Baldemar  Gómez  Roque

Tecoanapa Gro,  a 2 de julio  del 2017.-Hoy domingo se lleva a cabo  la toma de  protesta-cambio de bastón de mando de los  49 comisarios,  que conforman este municipio denominado "flor de la Jamaica", mismo que fungirán como autoridad municipal del periodo julio del 2017, a julio 2018. En calma y sin contratiempo alguno, se realizaron las elecciones de comisarios municipales en Tecoanapa. Informó el alcalde René Morales Leyva.

La toma de protesta  es a las nueve  de mañana, donde va estar  todo el  cabildo; entre ellas se va hacer presente la presidenta del DIF municipal, Teodosia Luna Ponce, y los regidores como Albina Ramírez Jijón, encargada de educación, recreación y espectáculo, Sófocles Ramírez Ríos, encargado de salud pública municipal  y asistencia, Neustraliano García Castro, encargado de ecología, y la sindica municipal  María de  Jesús López Moral, Lucia Morales Chávez, encargada  de desarrollo rural…..etc…

Como se recordará, las elecciones de los comisarios se  plasmas en la  Ley Orgánica del Municipio libre del Estado del Guerrero capítulo II, todo en relación  de las  comisarias y delegaciones municipales.   Se plasma  el artículo  197;  donde las  comisarías municipales son órganos de desconcentración administrativa  de los Ayuntamientos y de la administración  municipal y de participación de la comunidad, de  integración vecinal y de carácter honorífico.

ARTICULO 198

 

Los comisarios municipales, los comisarios suplentes y los comisarios  vocales serán electos  mediante procedimientos de elección vecinal y por planilla,  durante la última semana del mes de junio del año en que deban renovarse, y se votarán según lo  establecido en este Capítulo.

 

ARTICULO 199

La administración de las comisarías estará a cargo de un comisario  propietario, de  un comisario suplente y de dos comisarios vocales. En las poblaciones que se reconozcan como indígenas, los comisarios municipales o  delegados se elegirá un propietario y un suplente en la segunda quincena del mes de diciembre  de cada año mediante el método de sus usos y costumbres, mismos que deberán tomar protesta  ante la autoridad municipal en la primera quincena del mes de enero, quienes durarán por el  periodo  de un año. (ADICIONADO TERCER PÁRRAFO, P.O. 30 DE JULIO DE 2010)

ARTICULO 200

 

Para ser comisario se requiere:-Ser originario del Municipio o tener residencia efectiva en el Municipio que se trate no menor a dos años antes de la elección;  y Saber leer y escribir, no pertenecer, ni haber pertenecido al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto; luego de no  pertenecer a las fuerzas armadas, ni tener mando de la fuerza pública tres meses antes de la elección, y,  no haber sido condenado  por delito intencional.

ARTICULO 201

 

Los comisarios municipales tendrán las siguientes atribuciones, aplicar los bandos, reglamentos y ordenanzas municipales bajo el control del Presidente  Municipal; y  cuidar el orden público imponiendo las sanciones administrativas y tomando las medidas de  seguridad que las leyes, y el bando de policía y buen gobierno previenen; además  actuar como auxiliar del Ministerio Público del Fuero Común y de los Síndicos Procuradores  cuando sea requerido.

 

Podrá formular y remitir anualmente al Ayuntamiento el padrón de  los habitantes de la Comisaría; y  vigilancia en materia de salud pública, sobre todo tratándose de enfermedades  infectocontagiosas y epidémicas; informar  al Ayuntamiento del estado de los  caminos y de la infraestructura de riego, así  como de lo relativo al agua potable y drenaje;  coordinar los trabajos de consulta popular y de participación de la comunidad en la  ejecución de obras y prestación de servicios de beneficio colectivo; llevar a cabo  las labores de protección civil en casos de desastre.

 

 Así también, actuar como auxiliar de las autoridades agrarias cuando sea requerido; coadyuvar con las autoridades educativas y sanitarias en el acopio de información estadística así como en el desarrollo de programas sobre educación y salud que se efectúen en su  jurisdicción;  promover la participación de la comunidad en los asuntos a que se refiere la Ley que  Establece las Bases para el Fomento de la Participación de la Comunidad y en particular para la construcción, reparación y mantenimiento de establecimientos escolares y sanitarios.

ARTICULO  74

Luego podrán  expedir gratuitamente los certificados requeridos por el Oficial del Registro Civil para acreditar las insolvencias en los casos de inhumación;  Aprehender a los delincuentes en caso de flagrante delito y remitirlos a las autoridades  competentes; luego  presentar a los habitantes de la Comisaría un informe anual de actividades y estado de  cuentas de los recursos que hubieren tenido a su cargo y sobre las obras que se le hubieren  encomendado, finalizó.

 


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