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Protección a nacionales, prioridad del estado mexicano en el extranjero​

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Por: Esteban Valdeolívar S.

Dos tratados internacionales regulan las relaciones entre los estados soberanos: La Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, adoptada el 21 de abril de 1961, complementado por la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963 y sus disposiciones se aplican como Derecho Internacional consuetudinario.

El artículo 5 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, se refiere a las funciones consulares, las cuales consisten en 

proteger en el Estado receptor los intereses del Estado que envía y de sus nacionales, sean personas naturales o jurídicas, dentro de los límites permitidos por el derecho internacional.

Relevante también es, extender pasaportes y documentos de viaje a los nacionales del Estado que envía, y visados o documentos adecuados a las personas que deseen viajar a dicho Estado;

prestar ayuda y asistencia a los nacionales del Estado que envía, sean personas naturales o jurídicas; actuar en calidad de notario, en la de funcionario de registro civil, y en funciones similares y ejercitar otras de carácter administrativo.

Es de suma importancia comentar el Artículo 36, inciso a) del mismo Tratado, el cual señala que las autoridades competentes del Estado receptor deberán informar sin retraso alguno a la oficina consular competente en ese Estado cuando, en su circunscripción, un nacional del Estado que envía sea arrestado de cualquier forma, detenido o puesto en prisión preventiva, ya que, previa comunicación dirigida a la oficina consular por la persona arrestada, detenida o puesta en prisión preventiva, le será asimismo transmitida sin demora por dichas autoridades, las cuales habrán de informar sin dilación a la persona interesada acerca de los derechos que se le reconocen.

De esta manera, los funcionarios consulares tendrán derecho a visitar al nacional del Estado que envía que se halle arrestado, detenido o en prisión preventiva, a conversar con él y a organizar su defensa ante los tribunales.

Por lo anteriormente expuesto, resulta prioritario para el estado mexicano observar y aplicarse en la protección y asesoría de nuestros connacionales donde quiera que se encuentren, de manera especial, aquellos en estado de indefensión jurídica en los Estados Unidos de América.

Fuentes de la Cancillería mexicana refieren que nuestros Consulados en Estados Unidos se encuentran rebasados para hacer frente al aumento de la demanda de servicios y que el trámite que más ha crecido es el de actas de nacimiento.

Sin embargo, también ha aumentado la demanda de servicios de protección, hasta en 70 por ciento en algunos casos. La red consular de México en Estados Unidos, conformada por 50 representaciones, recibirá este año mil millones de pesos adicionales a lo asignado en el presupuesto para hacer frente a esta situación.

Mientras tanto, en su reciente visita al Estado de California, el gobernador de Guerrero, Héctor Astudillo Flores, inauguró la Casa México –antes Casa Guerrero–, con lo que cumplió el acuerdo de la Confederación Nacional de Gobernadores (Conago) que todas las casas de los gobiernos en estados del país vecinos sean nombradas así, en apoyo a los mexicanos radicados allá. Informó que ahí se ofrecerá defensa jurídica y contra el posible gravamen del 20 por ciento de las remesas.

Como siempre, usted tiene la mejor opinión.

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