Dichas actividades fueron ejecutadas en una superficie de 324.82 m2, sin la autorización en impacto ambiental.
La Procuraduría
Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera total temporal
obras y actividades en la Zona Federal Marítimo Terrestre en la playa Barra
Vieja, en el Municipio de Acapulco, por no presentar la autorización en materia
de impacto ambiental, documentación oficial que expide la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
El inspeccionado, al
no presentar a los inspectores de PROFEPA las autorizaciones en materia de
impacto ambiental, se le impuso la medida de seguridad prevista en el artículo
170 fracción I de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente (LGEEPA).
Por ello, se levantó
un Acta de Inspección en contra de un particular, en materia de impacto
ambiental, por realizar obras y actividades ubicadas en la línea costera, en
una superficie de 324.82 m2, sin contar con la autorización oficial ya citada.
Durante la
inspección, personal de esta Procuraduría detectaron una construcción de una
cabaña hecha con cadenas de material definitivo, cemento y varilla del 0 de
10.90 de ancho por 29.80 de largo, con un grosor de 45 centímetros; asimismo se
observaron 14 columnas hechas con
material definitivo y con un grosor de 80 centímetros de diámetro, y dos punto
ochenta metros de alto, los cuales
soportan un techo construido con material de madera de corriente
tropical, largueros de postes de pino y soleras de madera de palma, forradas
con hueso de madera de palma, todo sobre una superficie de 324.82 metros
cuadrados.
También se observó una barda perimetral de 47.70
metros de largo por 1.40 metros de altura, dicha barda colinda con la zona
federal y se encuentra a 33 metros de la pleamar máxima.
Por tanto, al
colocarse estructuras permanentes en la zona costera se estrecha la zona de
amortiguamiento del oleaje, modificándose el padrón natural de energía,
pudiendo modificarse de alguna forma el flujo y reflujo de materiales y
transporte litoral, entre otros aspectos.
Cabe señalar que la
playa es el elemento más frágil del litoral y las diferentes actividades
humanas ejercen una gran presión, con afectación y contaminación ambiental por
la eliminación del hábitat de especies, descargas de aguas residuales y
generación de basura.
Además, cuando son
construidas obras desaparece un área del litoral bajo éstas, quedando sepultada
la arena de mar, modificando el sustrato y el paisaje natural, y en este caso
existen elementos graves de omisión en la aplicación de medidas de protección
al ambiente con riesgo, daño o deterioro a los recursos naturales.
Por lo anterior, la
PROFEPA dará seguimiento al Procedimiento Administrativo efectuado (clausura
total temporal); verificará la subsistencia de las medidas de seguridad
impuestas; y ordenará las medidas de compensación y restauración del área
inspeccionada.
trasfondoinf@hotmail.com
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